Incumplimientos fiscales en countries

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Uno de cada tres restaurantes de barrios privados estan en infracción
 

Agentes de las Direcciones de Rentas y Catastro de la provincia de Buenos Aires detectaron que uno de cada tres restaurantes o confiterías de countries y urbanizaciones cerradas ubicados en los partidos de Luján, Presidente Perón, Ezeiza, Berazategui, La Plata, Pilar y Tigre no se encuentran inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
 
Los mencionados organismos, dependientes de la Subsecretaría de Ingresos Públicos que conduce Santiago Montoya, vienen desarrollando desde principio de año el &
8220;Programa Intensivo de Control de Ingresos Brutos en Countries y Urbanizaciones Cerradas&
8221;, cuyo principal objetivo es la detección de defraudaciones y maniobras evasivas en el pago de los impuestos provinciales.

 

En este programa se ha comprobado que los restaurantes y confiterías que funcionan en los countries constituyen el sector de mayor incumplimiento en el Impuesto a los Ingresos Brutos en toda la Provincia, con el 33% de comercios verificados no inscriptos.
 
Del total verificado, otro 33% de los inspeccionados, aunque inscriptos, no habían cumplido con la obligación de presentación y pago de las declaraciones juradas periódicas respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El índice de inscriptos en infracción supera, inclusive, a las ferias del conurbano bonaerense, cuya informalidad oscila entre el 4% y el 16% según la localidad.
 
Todos los contribuyentes detectados con incumplimientos fueron multados o clausurados, según el tipo de infracción.
 
El procedimiento de control consiste en la identificación de los contribuyentes que desarrollan actividades comerciales en countries. Luego los fiscalizadores acceden, por Internet, al Sistema de Inteligencia y Vigilancia Fiscal Permanente de Rentas y ante cualquier incumplimiento detectado, se procede a labrar un Acta de Comprobación intimando su regularización.
 
En una segunda etapa se realiza el seguimiento del contribuyente incumplidor, que si no cumple con lo reclamado por el organismo tributario puede ser multado o clausurado conforme lo previsto en el Código Fiscal. Que mas se puede decir.


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